El Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL) resolvió el pasado 27 de julio las subvenciones convocadas en el mes de mayo dirigidas a los municipios de menos de 5.000 habitantes con más de cinco desempleados y a las diputaciones provinciales o sus organismos autónomos, como apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios relacionados con actividades del sector turístico y cultural.
Todas las entidades locales que reúnan los requisitos de la convocatoria, van a poder contratar trabajadores desempleados puesto que el ECYL cuenta con crédito suficiente para poder financiar todas las solicitudes. En concreto, se han recibido 799 solicitudes de entidades locales, habiéndose resuelto favorablemente 780 que permitirán contratar a 1.359 trabajadores. No se han admitido nueve por no reunir los requisitos de la convocatoria y han desistido doce.
Todos los expedientes se han resuelto con celeridad puesto que la convocatoria de estas subvenciones, en concurrencia competitiva, fue publicada el 25 de mayo.
Objetivos
La finalidad de esta convocatoria es promover la contratación temporal de trabajadores por municipios de menos de 5.000 habitantes y más de 5 desempleados y por las diputaciones provinciales u organismos autónomos dependientes de desempleados e inscritos como demandantes de empleo, para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.
De esta forma, se van a subvencionar obras o servicios relacionados con actividades en el patrimonio cultural de Castilla y León que tengan capacidad por sí mismos para atraer visitantes, como el Camino de Santiago, las visitas al patrimonio histórico y artístico, actividades festivas y culturales, el turismo medioambiental, el acondicionamiento de espacios para la participación colectiva relacionados con el sector, así como eventos deportivos, entre otros.
Los destinatarios de los contratos serán trabajadores desempleados inscritos en las oficinas del ECYL como demandantes de empleo que pertenezcan a colectivos de menores de 35 años, preferentemente sin cualificación, mayores de 45 años, especialmente quienes carezcan de prestaciones y presenten cargas familiares, desempleados de larga duración con especial atención a quienes hayan agotado prestaciones y personas en riesgo de exclusión social.
Condiciones para la contratación
Las entidades locales beneficiarias deberán contratar un trabajador desempleado con fondos propios por cada dos trabajadores cuya contratación es subvencionada por el Servicio Público de Empleo. Sin embargo, en el caso de que la subvención sea solo de un trabajador o dos contrataciones a media jornada, en el caso de municipios con menos de 1.000 habitantes, no será necesaria la contratación con fondos propios.
Con carácter general, para garantizar más calidad en el empleo, los contratos serán de 180 días de duración y a jornada completa, salvo en municipios con menos de 1.000 habitantes, que podrán realizar contratos a media jornada siempre y cuando sea igual o superior al 50 % de la jornada ordinaria.
Se subvencionarán los contratos realizados entre el 1 de junio de este año y el 31 de marzo de 2018 de aquellos trabajadores preseleccionados por el ECYL y finalmente seleccionados por las entidades locales.
Valoración de los proyectos presentados
El ECYL ha valorado los proyectos presentados por las diputaciones y los ayuntamientos en función de criterios objetivos: integración de las propuestas en el área geográfica de influencia, una ponderación mayor en la valoración respecto de los municipios con menos habitantes y, especialmente, el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad.
El Plan de Empleo Local está incluido en las medidas para 2017 dentro de la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional para el Empleo, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, que tiene como objetivo potenciar el empleo estable y de calidad, favorecer la empleabilidad de los colectivos más afectados por el desempleo, reducir la temporalidad, el trabajo a tiempo parcial y contribuir al mantenimiento del empleo.
El programa se adapta a la normativa en materia de presentación electrónica de solicitudes y de notificaciones electrónicas prevista en la nueva Ley de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.