El Consejo de Colegios Oficiales de Médicos de Castilla y León (CCOMCYL) se ha reunido hoy en sesión extraordinaria para analizar el efecto que las mal denominadas guías de prescripción enfermera de medicamentos sujetos a prescripción médica puedan tener para los ciudadanos de nuestra Comunidad Autónoma, tanto en al ámbito público como en el privado.
En este sentido hay que recordar que tanto la legislación europea, como la española, reservan en exclusiva a médicos, odontólogos o podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas, la facultad de instaurar tratamientos con medicamentos sujetos a prescripción médica y todo ello en base a proteger y garantizar la calidad asistencial y la seguridad de los pacientes. Además, también hay que recordar que el inicio de un tratamiento y su seguimiento debe ir precedido de una correcta valoración clínica que va desde la anamnesis, a la exploración física, pasando, cuando sea necesario, por la realización y valoración de las pertinentes pruebas complementarias con el objeto de, con la mejor evidencia científica disponible, adecuarlo a las necesidades de los pacientes y, así, maximizar sus efectos terapéuticos y disminuir sus efectos secundarios.
Pues bien, la reciente publicación por parte del Ministerio de Sanidad de la “Guía para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeras/os: infección de tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas”, junto con algunas de otras guías publicadas recientemente, supone una vulneración flagrante de estos principios que deben presidir la practica clínica a la que tienen derecho los pacientes, al permitir que otra profesión sanitaria, sin las competencias y conocimientos necesarios para ello, sea la que proceda a iniciar y seguir los tratamientos para estas enfermedades al margen del médico, con el consiguiente riesgo para la salud y seguridad de los pacientes, pudiendo incurrir en graves responsabilidades profesionales. Una correcta práctica clínica no puede limitarse a la aplicación mecánica de un protocolo.
El argumento esgrimido por el Ministerio de facilitar la accesibilidad y la rapidez en el acceso de los pacientes al tratamiento en el ámbito de la atención primaria, ante una supuesta falta de médicos, no se consigue trasladando competencias médicas a otras profesiones, sino con una correcta planificación de los RR.HH, facilitando el acceso al médico, dotándole del tiempo necesario para la asistencia y de los recursos técnicos necesarios para hacerle más resolutivo y, a la vez, descargándole de las tareas que no le son propias.
Por todo ello, este CCOMCYL, como Corporación de Derecho Público, entre cuyos cometidos esta la defensa de los intereses de los pacientes en aplicación de su Código Deontológico, insta al Ministerio de Sanidad a que cese en la publicación de nuevas guías y retire las ya publicadas. Así mismo, insta a la Consejería de Sanidad a que tome las medidas necesarias para que estas guías no se desarrollen en Castilla y León, motivo por el que hemos solicitado una reunión urgente con el Consejero de Sanidad.
Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios