Un total de 32.995 universitarios están llamados a las urnas para elegir al Rector de la Universidad de Salamanca en las votaciones que se celebrarán el próximo 7 de mayo, según los datos facilitados por la Junta Electoral, tras la publicación hoy del censo definitivo.
El número de votantes en los diferentes sectores es el siguiente: profesorado doctor con vinculación permanente: 1.274; resto de categorías con excepción de profesorado asociado: 651; ayudantes y personal investigador en formación: 312; profesorado asociado: 845; estudiantes de Máster y Doctorado: 6.024; estudiantes de Grado: 22.520; personal técnico de gestión de Administración y Servicios: 1.329.
Las elecciones al Rectorado de la Universidad de Salamanca se celebrarán el próximo 7 de mayo, en primera vuelta, y, en caso de ser necesaria una segunda vuelta, el día 23 de mayo. El plazo de presentación de candidaturas se ha establecido entre los días 8 y 10 de abril.
Requisitos
Los candidatos y candidatas al Rectorado deberán de ser personal docente e investigador permanente doctor a tiempo completo y, reunir los requisitos de la disposición transitoria 1ª apartado 3 de la LO 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario: “[…] se le exigirá como mínimo estar en posesión de tres sexenios de investigación, tres quinquenios docentes y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal”.
El voto para la elección de Rector o Rectora será ponderado de acuerdo con los siguientes porcentajes (art. 98.2 EUS y art. 66.1 REUS): profesorado doctor con vinculación permanente: 52 por ciento; resto de categorías con excepción de profesorado asociado: 11 por ciento; ayudantes y personal investigador en formación: 1 por ciento; profesorado asociado: 1 por ciento; estudiantes de Máster y Doctorado: 5 por ciento; estudiantes de Grado: 21 por ciento; personal de Administración y Servicios (PTGAS, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Universitario -LOSU-): 9 por ciento.
Para la votación del alumnado de Grado, la circunscripción electoral será cada centro universitario, y dentro de él constituirán un solo cuerpo electoral.
Votos ponderados
La Junta Electoral de la Universidad será el órgano encargado de aplicar los coeficientes de ponderación a los votos válidamente emitidos, de acuerdo con el criterio establecido en el art. 98 de los Estatutos. Será proclamado Rector o Rectora el candidato que obtenga la mayoría absoluta de los votos ponderados. En caso de ser necesaria una segunda votación, ésta se realizará entre las dos candidaturas con mayor número de votos ponderados, proclamándose Rector o Rectora quien obtenga más votos ponderados. En el supuesto de que sólo concurriera una candidatura, se celebrará una sola vuelta.