La Junta de Castilla y León ha autorizado hoy, en Consejo de Gobierno, la aprobación del nuevo Plan INFOCAL para adecuarlo a la normativa estatal y autonómica. Éste establece la estructura organizativa y operativa de los servicios, la coordinación con el resto de administraciones, determina la zonificación del riesgo y la vulnerabilidad del territorio, y cataloga los medios y recursos disponibles. En definitiva, establece un marco de planificación, estructura, operatividad y gestión de las emergencias por incendios forestales en Castilla y León.
El proyecto de decreto se estructura en:
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Un único artículo (por el que se aprueba el Plan).
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Una disposición derogatoria (que procede a la derogación expresa del Plan INFOCAL vigente).
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Dos disposiciones finales (que recogen la habilitación normativa al titular de la Consejería competente para dictar las disposiciones de desarrollo de este decreto y la entrada en vigor del mismo a los 20 días de su publicación).
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Un anexo que recoge el texto completo del Plan, con una introducción, nueve capítulos y diez anexos.
Aspectos destacables del nuevo PLAN INFOCAL:
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Ámbito de aplicación: Se centra en incendios forestales dentro de Castilla y León o que puedan afectar su territorio.
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Épocas de peligro:
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Alto (EPA): Del 12 de junio al 12 de octubre.
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Medio (EPM): Declarada por resolución en función de las condiciones climáticas.
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Bajo (EPB): Fuera de EPA y EPM, con operatividad básica centrada en prevención y vigilancia.
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Activación del Plan: Permanecerá activado todo el año, bien en fase de preemergencia o en fase de emergencia.
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Zonificación del territorio: Análisis de los factores de riesgo y elaboración de mapas de áreas de riesgo para dimensionar la respuesta operativa e institucional ante emergencias por incendios.
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Clasificación de las emergencias:
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El Índice de Gravedad Potencial es un indicador de los daños que se prevé que puede llegar a ocasionar un incendio forestal.
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La Situación Operativa refleja el estado de operatividad del Plan en respuesta a las características de la emergencia.
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Estructura organizativa:
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Establece una dirección única del Plan apoyada en una dirección ejecutiva, la Dirección Autonómica de la Emergencia, que a su vez coordina las nueve Direcciones Provinciales de la Emergencia.
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En el incendio, la responsabilidad recae en la dirección de la extinción, que depende de la dirección de la emergencia.
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Coordinación interinstitucional: Integración con el Plan Estatal, el Plan Territorial de Protección Civil (PLANCAL), los planes de otras comunidades autónomas y los planes de ámbito local.
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Planificación municipal:
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Todas las administraciones municipales deberán cumplimentar una Guía de respuesta que recopila datos básicos de carácter operativo necesarios para la gestión de las emergencias.
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Los municipios con mayor riesgo de incendios forestales en áreas de interfaz urbano-forestal deberán elaborar un Plan de actuación de ámbito local.
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Planes de autoprotección: Obligatorios para propietarios de edificaciones en zonas de interfaz urbano-forestal y áreas de acampada.
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