Esta modificación en la gestión de los títulos defamilia numerosa avanza en la dirección marcada por la consejera de Familia e Igualdadde Oportunidades, Isabel Blanco Llamas, quien en su comparecencia en las Cortescoincidiendo con el inicio de la Legislatura, se comprometió a automatizar losprocesos y a avanzar en la implantación de la gestión sin papeles. No es elúnico cambio ya que en breve, se implantará la firma electrónica con elobjetivo último de que los miembros de las familias numerosas puedan accederdirectamente al título a través de la web.
La sustitución del libro, además de facilitar a las familias el trámite yganar en agilidad en la expedición y renovación es medioambientalmentesostenible ya que se sustituye un libro de ocho hojas, por un folio A4. Además,supondrá un importante ahorro, ya que anualmente se adquirían unos 3.000libros,
Los requisitos que debe reunir una familia para que se considere numerosaestán fijados en la Ley Estatal 40/2003, de Protección a las Familias Numerosasque establece que serán familias numerosas con carácter general, las que estáncompuestas por los cónyuges y al menos tres hijos. Asimismo, la norma prevéotros supuestos en los que también se concede el título en el caso de familiascon dos hijos (en el supuesto de que uno de ellos tenga reconocida unadiscapacidad) o las personas viudas con dos hijos.
El título de familia numerosa tiene validez para un periodo de cinco años,y se incluyen en él los hijos hasta los 21 años o los 26 si están cursandoestudios reglados. Documento que debe renovarse anualmente para comprobar queefectivamente siguen estudiando.