Esta modificación en la gestión de los títulos de familia numerosa avanza en la dirección marcada por la consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Isabel Blanco Llamas, quien en su comparecencia en las Cortes coincidiendo con el inicio de la Legislatura, se comprometió a automatizar los procesos y a avanzar en la implantación de la gestión sin papeles. No es el único cambio ya que en breve, se implantará la firma electrónica con el objetivo último de que los miembros de las familias numerosas puedan acceder directamente al título a través de la web.
La sustitución del libro, además de facilitar a las familias el trámite y ganar en agilidad en la expedición y renovación es medioambientalmente sostenible ya que se sustituye un libro de ocho hojas, por un folio A4. Además, supondrá un importante ahorro, ya que anualmente se adquirían unos 3.000 libros,
Los requisitos que debe reunir una familia para que se considere numerosa están fijados en la Ley Estatal 40/2003, de Protección a las Familias Numerosas que establece que serán familias numerosas con carácter general, las que están compuestas por los cónyuges y al menos tres hijos. Asimismo, la norma prevé otros supuestos en los que también se concede el título en el caso de familias con dos hijos (en el supuesto de que uno de ellos tenga reconocida una discapacidad) o las personas viudas con dos hijos.
El título de familia numerosa tiene validez para un periodo de cinco años, y se incluyen en él los hijos hasta los 21 años o los 26 si están cursando estudios reglados. Documento que debe renovarse anualmente para comprobar que efectivamente siguen estudiando.
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