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El Procurador del Común pide a Medio Ambiente una norma que alivie los daños producidos en el ganado por la acción de aves

Algunas Comunidades Autónomas (La Rioja, la Comunidad de Madrid y Castilla-La Mancha), así como los Territorios Históricos de Álava y Vizcaya, ya cuentan con dicha regulación.

Buitre Negro Autor GREFA

Al Procurador del Común le llegan quejas por los daños que, en ocasiones, generan los ataques de los buitres en explotaciones ganaderas de la Comunidad, en particular en las que son de tipo extensivo. Quejas en las que se pone de manifiesto cómo, en aquellos lugares donde habitan estas aves necrófagas, se producen ataques a ganado de diversas especies, especialmente, a las reses más pequeñas, principalmente terneros recién nacidos e, incluso, a sus madres.

Los buitres se encuentran catalogados como especie protegida, incluida como Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, quecuenta, por ello, con un régimen de protección especial, régimen con el que la Procuraduría está absolutamente de acuerdo. No obstante, también considera que la Administración debe responder de los daños causados por aquellos animales de la fauna silvestre que gozan de especial protección, para lo cual parece oportuno establecer una regulación que contemple el resarcimiento de los daños ocasionados por los buitres en la cabaña ganadera, así como las circunstancias que se han de producir para que sean indemnizables.

De ahí que ante la falta de esa regulación, Tomás Quintana se haya dirigido a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente solicitando que se considere la necesidad de dotar a Castilla y León de esa normativa, en la línea de las que disponen otras Comunidades Autónomas, como La Rioja, la Comunidad de Madrid y Castilla-La Mancha, así como los Territorios Históricos de Álava y Vizcaya; con objeto de resarcir a los ganaderos que sufren daños en sus explotaciones, siempre y cuando se cumplan los requisitos que la propia norma exija, tales como que el daño se haya notificado en un plazo muy breve (24 horas de haberse producido), no tratarse de animales enfermos, decrépitos o que tengan afectada su capacidad de autodefensa, y no se encuentren en avanzado estado de descomposición, por ejemplo.

La conveniencia se pone de manifiesto también por el hecho de que en alguna Comunidad Autónoma carente de un régimen de ayudas, los Tribunales han llegado a reconocer el derecho de los ganaderos a ser indemnizados por los daños sufridos a causa de los ataques de los buitres a sus reses, por lo que establecer una norma que regule este tipo de compensaciones sin duda contribuiría a evitar que los ganaderos tengan que acudir a la vía judicial; así como, indirectamente, también ayudaría a preservar esa especie protegida, pues los ganaderos dejarían de considerarla un problema para sus explotaciones.

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