Permiso de trabajo y residencia de 2 años para jóvenes migrantes que trabajan en la recogida del campo

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que establece la concesión de esta autorización.

0 Comentarios

 3227138
3227138

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que establece la concesión de una autorización de trabajo y residencia de dos años de duración, renovable por otros dos, para los jóvenes migrantes que recientemente se han incorporado a los trabajos de recogida del campo durante la pandemia del coronavirus.

Esta medida está contemplada en el Real Decreto-ley aprobado este martes, 26 de mayo, en el Consejo de Ministros. En él, se adoptan diversas medidas en el ámbito agrario, económico y científico, además de varias de carácter laboral y de la Seguridad Social para paliar los efectos económicos de la pandemia de la COVID-19.

Los beneficiarios del nuevo permiso de trabajo y residencia son los jóvenes migrantes que durante esta crisis sanitaria están ayudando en las tareas del campo. En abril se aprobó un Real Decreto ley 13/2020 por el que se adoptaron determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario, gracias al que los jóvenes extranjeros en situación regular con autorización de residencia no lucrativa, pero sin permiso de trabajo, pudieron incorporarse al mercado laboral.

Ahora, estos jóvenes migrantes que se acogieron a dicho real decreto podrán acceder a una autorización de residencia y trabajo tras la finalización de la vigencia de su permiso de trabajo actual. Tendrá una vigencia de dos años, renovable por otros dos, y será válida en todo el territorio nacional y sin límites sectoriales o de actividad. Es decir, podrán trabajar en cualquier sector, no solo en el agrario.

Esta nueva medida para los jóvenes no nacionales se incluye en una disposición adicional del real decreto aprobado este martes en el Consejo de Ministros. Se hará sin perjuicio de que, para el acceso a la residencia de larga duración, se tengan en cuenta todos los periodos de residencia, legal y continuada, con ésta u otras autorizaciones de las que haya sido titular.

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído