La Orden contempla que el inicio de la media veda será el día 15 de agosto de 2018, y su cierre el 16 de septiembre de 2018. Las fechas concretas para cada una de las provincias se publicarán en los próximos días en el BOCyL. Para la tórtola común y todas las palomas se retrasa el comienzo de la época hábil al domingo 25 de agosto, una vez finalizado el período de cría de estas dos especies. La temporada general para la caza menor comenzará el domingo 28 de octubre de 2018 y finalizará el domingo 27 de enero de 2019. En el caso de la caza de la liebre con galgo, la temporada arrancará el viernes 12 de octubre y finalizará el domingo 27 de enero de 2019.
Se han incluido todas las palomas como especies cazables durante la media veda. También se han tomado medidas para garantizar el estado favorable de conservación de determinadas especies, en particular las migratorias. En este sentido se ha establecido un cupo de 25 codornices y cuatro tórtolas comunes por cazador y día. También se ha establecido un cupo máximo de tres capturas para el avefría y las agachadizas.
Respecto al conejo, y debido a que su sobreabundancia ocasiona daños en los cultivos agrícolas, la Orden propone flexibilizar las condiciones de captura de esta especie, de manera que aumenta un 60 % el número de municipios en los cuales se amplían los periodos y medios de captura, afectando esta medida a 274 municipios. En todos ellos se podrá cazar conejo además en el periodo comprendido entre el 28 de enero y el 24 de febrero, coincidiendo con la época más sensible para la nascencia de los cultivos.
En cuanto a la caza mayor, la temporada montera se extenderá desde el domingo 23 de septiembre hasta el domingo 24 de febrero de 2019, haciendo coincidir las fechas de aprovechamiento en cacerías colectivas, monterías, batidas o ganchos, tanto del jabalí como del ciervo y lobo.
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