El Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, establece que serán las Comunidades Autónomas quienes determinen qué líneas aéreas de alta tensión con conductores desnudos que se encuentren ubicadas en zonas de protección deberán ajustarse a las prescripciones técnicas establecidas.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente publicó en la Orden MAM/1628/2010, de 16 de noviembre la delimitación de las zonas de protección para avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León y posteriormente por Resolución de 27 de febrero de 2012, de la Dirección General de Energía y Minas, se determinaron las líneas eléctricas de distribución que, estando ubicadas dentro de las zonas protección establecidas no se ajustaban a las prescripciones técnicas del citado Real Decreto 1432/2008,instándose a los titulares de estas líneas eléctricas a presentar el proyecto de adaptación a dichas prescripciones técnicas.
Finalmente el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de octubre de 2019 aprobó la distribución territorial definitiva de los créditos presupuestarios acordados en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, para la modificación de los tendidos eléctricos peligrosos y así garantizar que ya no supongan ningún riesgo para la avifauna.