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El Gobierno aprueba normas para ordenar las granjas bovinas con una capacidad máxima de 850 unidades

La producción de leche y carne de vacuno representa más del 30% de la producción final ganadera en España

Bovino

El Consejo de Ministros de este martes aprobó varias normas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con las que ordena las granjas bovinas, diferenciando requisitos para las nuevas y las ya existentes, y actualiza la legislación sobre lucha contra la pesca ilegal.

Según informó el Ministerio en distintas notas de prensa, se aprobó un real decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, que hasta ahora no contaban con una normativa nacional que regulase su ordenación sectorial, como sí ocurre con otros segmentos ganaderos como el porcino o el aviar.

El sector bovino ocupa la segunda posición por detrás del sector porcino en cuanto a importancia económica de las producciones ganaderas. La producción de leche y carne de vacuno representa más del 30 por ciento de la producción final ganadera en España.

Atendiendo al principio de proporcionalidad de toda norma, se establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes. Estas últimas dispondrán de un período transitorio para el cumplimiento de determinados requisitos cuando ello sea necesario, así como de diferencias derivadas de su aptitud productiva. Se establece una capacidad máxima para las granjas de nueva instalación en 850 unidades de ganado (el equivalente a unas 725 vacas de leche, por ejemplo).

El decreto clasifica las granjas en diferentes categorías en función de su tamaño, al objeto de modular las exigencias en los distintos ámbitos de actuación de la norma. El objetivo es que el grueso de las granjas ya existentes de carácter familiar no vea comprometida su competitividad en términos de costes adicionales.

Por último, se aprobó un paquete de ocho reales decretos que regulan la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) para el próximo periodo 2023-2027 y que entrará en vigor el próximo 1 de enero. Con estos ocho decretos se completa el entramado legislativo necesario para implementar el plan estratégico nacional para la aplicación de la nueva PAC en España que le Comisión Europea aprobó el pasado 31 de agosto.

Seis de los ocho decretos aprobados hoy regulan cuestiones ligadas directamente con la gestión de las ayudas. Los otros dos reales decretos (nutrición sostenible de suelos y uso sostenible de fitosanitarios) son de carácter regulatorio de la actividad agraria, de forma que, si bien no afectan a las ayudas de la PAC, sí contribuyen directamente a los objetivos establecidos en el plan estratégico.

En total, el paquete legislativo de la PAC está formado por la ley que regula el sistema de gestión de la PAC y 18 reales decretos, de los que ya se han aprobado 15. Los tres que están pendientes de publicación se refieren a penalizaciones, potencial vitícola y bienestar animal, y no condicionan la entrada en vigor del plan estratégico.

En el marco de la PAC, los agricultores y ganaderos españoles recibirán en torno a 7.150 millones de euros anuales de ayudas procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

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