COAG establece una serie de obligaciones para evitar incendios durante la recogida de cereal

La época de peligro alto de incendios abarca desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre, pero ante situaciones excepcionales puede ampliarse

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Aunque no ha sido declarada aún la época de peligro alto de incendios en Castilla y León para 2019 y si bien esta abarca como mínimo desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de cada año, el pronóstico meteorológico de la agencia estatal de meteorología para la mayor parte de las provincias de Castilla y León prevé temperaturas máximas en un ascenso creciente desde el próximo miércoles 26 y que podrían incluso rebasar de forma generalizada los 35⁰ C, acompañadas de rachas de viento de una cierta intensidad.

Por ello, desde COAG-Castilla y León consideran conveniente recordar las obligaciones que afectan a la práctica de la recolección realizada en áreas de monte o en la franja perimetral de 400 metros del monte durante la época de peligro alto de incendios (según Orden FYM/510/2013) y que como mínimo serán obligatorias desde el día 1 de julio:

  • Establecer un plan de vigilancia disponiendo al menos de una persona que se mantenga atenta mientras se cosecha.
  • Disponer de medios de extinción suficientes (al menos dos mochilas extintoras cargadas de agua y dos batefuegos) para controlar los posibles conatos que se puedan originar.
  • Mantener la maquinaria en condiciones adecuadas de revisión periódica y mantenimiento.
  • Realización de labores perimetrales en su caso para dificultar la propagación del fuego.

Así mismo, desde COAG-Castilla y León recuerda que en época de peligro alto de incendios se puede utilizar cosechadora dotada de matachispas en la zona de monte y perimetral mencionada, ahora bien su utilización queda prohibida cuando la temperatura supera los 30⁰ C y la velocidad del viento es mayor de 30 km/hora.

Aunque no ha sido declarada aún la época de peligro alto de incendios, estas situaciones de temperatura superior a los 30⁰ C y velocidad del viento mayor de 30 km/hora pueden producirse a partir del próximo miércoles 26 de junio en gran parte de las comarcas cerealistas de nuestra comunidad autónoma, por ello conviene atender las siguientes recomendaciones:

  • Disponer de un tractor y gradas en las inmediaciones de la parcela en recolección.
  • Reducir la velocidad de avance y elevar la plataforma de corte en terrenos pedregosos o con pendiente.
  • Cosechar en contra del viento.

Según el propio servicio de prevención de incendios de la Consejería de Medio Ambiente, se deben extremar las precauciones cuando se dan las siguientes circunstancias:

  • Cuando se percibe el viento sobre la cara o este agita el cereal sin cesar o a rachas.
  • A las horas de máximo peligro: de 13 a 19 horas.
  • Con temperatura elevada o humedad relativa del aire menor del 30%.
  • En terrenos pedregosos o con pendiente.

Por último, recordamos que tanto en las áreas de monte como su zona perimetral está prohibida por legislación contra incendios la quema de rastrojos durante todo el año y que, como excepción, únicamente se permite la quema de restos vegetales acumulados en pequeños montones (exceptuados los rastrojos) cuando existen motivos fitosanitarios que lo justifiquen y previa comunicación o permiso concedido, en su caso, por los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y siempre que se efectúe fuera de la época de peligro alto de incendios forestales.


Además, la condicionalidad de la política agraria comunitaria prohíbe durante todo el año la quema de rastrojos en todo el territorio de la comunidad autónoma, con independencia de si se trata o no de áreas de monte o su zona perimetral, salvo en el caso de la excepción mencionada por motivos fitosanitarios y previa autorización de Medio Ambiente; el incumplimiento de esta prohibición puede conllevar importantes sanciones.

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