Confirmada la absolución de un acusado de extorsión, administración desleal y estafa procesal en Zamora

El TSJCyL ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial en la que se señalaba la “inexistencia de prueba apta para desvirtuar el derecho fundamental a la presunción de inocencia”, entre otros

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Juicio contra el acusado pr extorsión y estafa en Zamora
Juicio contra el acusado pr extorsión y estafa en Zamora

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zamora el pasado mes de noviembre en relación a la absolución del que fuera administrador concursal del Hotel Rey Don Sancho y contra la empresa que este dirigía.

El TSJCyL ratifica así y confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial en la que se absuelve de los delitos de extorsión, administración desleal y estafa procesal contra el que fuera administrador concursal del Hotel Rey Don Sancho y contra la empresa que este dirigía aludiendo a “la inexistencia de prueba apta para desvirtuar el derecho fundamental a la presunción de inocencia” y a que “no concurre prueba de los elementos o requisitos de este delito”.

Cabe recordar que la Audiencia Provincial acogía este juicio el pasado mes de septiembre y los hechos pasaban por la denuncia del por aquel entonces director del hotel Rey Don Sancho de presiones por parte del administrador concursal en el año 2015. El denunciante, en el juicio, resaltó que en aquellos años él solo quería que el concurso fuera bien y el administrador le insinuaba que sus honorarios no eran lo que le correspondía o menús con amigos con productos concretos que tendrían un coste de unos 50 euros y le decía que le solían cobrar unos 15 euros.

Por su parte, el acusado incidió en que solo pretendía cobrar, no como administrador concursal, sino fruto de unos trabajos solicitados a su empresa, la cantidad de unos 9.800 euros por actualizaciones de contabilidad, cantidad objeto de la estafa, y negó las presiones al mandatario en aquellas fechas, así como incidió en que este le pagó 3.000 euros en metálico y no pidió factura, algo que ha calificado como prueba de confianza porque reducía la deuda con la empresa.

Así, el Ministerio Fiscal solicitaba para el acusado penas de un año y seis meses de prisión por un delito de extorsión, así como otro año y seis meses de prisión por administración desleal y dos años de prisión y multa de nueve meses con cuota diaria de 10 euros o responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago. Además, a la empresa le solicita una multa de 39.204 euros.

Por su parte, el abogado de la acusación solicitaba penas de dos años de prisión por extorsión y otros dos años por el de administración desleal, así como dos años de prisión por el delito de estafa procesal y multa de 12 meses con una cuota diaria de 10 euros, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de administración concursal y administración de sociedades por un periodo de 10 años. Por su parte, para la empresa solicita una multa de la misma cantidad que el Ministerio Fiscal.

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